¿Por qué condenó la Audiencia a Ancelotti por el ejercicio de 2014 y no por el de 2015?
📝 Los argumentos de la Audiencia Provincial de Madrid para condenar (y absolver) a Carlo Ancelotti por la comisión de un delito contra la Hacienda Pública en los ejercicios fiscales de 2014 y 2015.
👨🏼⚖️La Sección 30 de la AP de Madrid ha condenado al exentrenador del Real Madrid a la pena de prisión de un año y multa de 386.361,93 € como autor de un delito contra la Hacienda Pública en el ejercicio de 2014.
🗣️ La Audiencia consideró que «queda probado que en el ejercicio fiscal del año 2014 en el que Carlo Ancelotti tributó en España como residente fiscal bajo la normativa del IRPF, no incluyó de forma intencionada en sus declaraciones, rendimiento alguno derivado de la explotación de sus derechos de imagen […], por lo que concluimos que las sociedades fueron constituidas con la finalidad de eludir el pago de los impuestos a los que el contribuyente venía obligado como persona física».
❌ En relación con el ejercicio fiscal del año 2015, la AP de Madrid señaló que «no puede alcanzar la convicción, más allá de la duda razonable, de que el acusado tuviera su residencia fiscal en España durante el ejercicio del año 2015» y, en consecuencia, «si no existen pruebas suficientes para demostrar la culpabilidad más allá de toda duda razonable, el acusado debe ser absuelto».
Podéis conocer más sobre la fundamentación de la sentencia aquí: 👇🏼